Notas de prensa
Politica sanitaria
Los centros de Servicios Sociales deben contar con profesionales sanitarios cualificados
26.05.26 | Estatal
Hemos reclamado al Gobierno que la nueva Ley sobre profesiones de los Servicios Sociales garantice contar, entre otros, con profesionales sanitarios cualificados para llevar a cabo una atención completa que asegure los cuidados y coordinación necesaria y que evite que administraciones y empresas privadas contraten a trabajadores no cualificados ni competentes por razones de ahorro económico.
Así se recoge en las alegaciones que hemos trasladado al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en el trámite de Consulta pública previa sobre el Proyecto de Ley por el que se regulan las profesiones de los Servicios Sociales, con el objetivo de que se tengan en cuenta en la elaboración del texto definitivo de esta nueva norma.
Demandamos que esta Ley no perpetúe la confusión, en muchas casos interesada, que aún existe entre las profesiones que trabajan en los centros y recursos de servicios sociales, así como en sus correspondientes competencias, e insiste en que motivaciones, como el ahorro económico, no deben prevalecer nunca, sino la cualificación necesaria para ofrecer una atención segura y de calidad.
Bajo coste
Venimos denunciando desde hace años la proliferación de contrataciones “de bajo coste” en los centros y recursos sociosanitarios, como residencias de mayores, ya que perjudica la calidad de la atención que se presta a las personas e, incluso, puede conllevar riesgos para su salud.
Por ello, pedimos que, en el caso de la regulación de perfiles sanitarios, se tengan en cuenta las competencias que, en cada caso, otorga la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias.
Criterios perjudiciales
En nuestras alegaciones, recordamos también que el Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), aprobado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales, posibilita que las comunidades autónomas adopten una serie de medidas y actuaciones que pueden afectar negativamente a la atención prestada en los centros.
Entre otras, aludimos a la posibilidad de que se aumente la ratio de residentes por profesional, y que se permita que las funciones de coordinación sociosanitaria se lleven a cabo por personal con titulación básica, incluso no sanitaria, en los centros que tengan menos de 75 residentes.
También se posibilita que las funciones de coordinación y enlace con el sistema sanitario público, así como la supervisión de las pautas de cuidados, recaigan en personas trabajadoras que no son profesiones sanitarias reguladas, las cuales son las únicas que están habilitadas para participar en la gestión clínica y de casos.
Sin formación adecuada
Tampoco compartimos el hecho de que pueda ser cuidador cualquier persona sin formación, en virtud de una habilitación excepcional según una determinada experiencia “y, lo que es aún más grave, facilitar de forma provisional a personas sin formación y sin experiencia suficiente su habilitación excepcional simplemente realizando una declaración responsable sobre su aceptación a formarse en un futuro o acreditar su experiencia”.
Al respecto, incidimos en que la complejidad de la asistencia y características de la población atendida (vulnerable, dependiente y sometida a problemas de salud, envejecimiento y cronicidad) requiere que la coordinación entre lo social y lo sanitario sea realizada siempre por los perfiles sanitarios asistenciales adecuados y competentes.
En todo caso, vemos positivo que haya una base normativa de carácter estatal que detalle este tipo de profesiones, sus funciones y competencias, ratio y requisitos formativos, ya que, en la actualidad, cada comunidad autónoma ha efectuado un desarrollo normativo de los servicios sociales de forma desigual, causando así diferencias importantes en la oferta de recursos para las personas usuarias.
Departamento de Comunicación
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