Laboral
Reconocen como servicio efectivo al Estado el trabajo de enfermeras en centros penitenciarios a través de empresas privadas
13.10.25 | Estatal
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una resolución que supone un avance muy relevante en el reconocimiento de los derechos profesionales de enfermeras y enfermeros que han prestado servicios en Instituciones Penitenciarias, incluso cuando lo hicieron mediante empresas privadas adjudicatarias.
El caso analizado parte de un profesional del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias que trabajó entre 1998 y 2000 en el Centro Penitenciario Madrid V (Soto del Real). Durante ese tiempo, estuvo contratado por la empresa Clínica Madrid, S.A., adjudicataria del servicio sanitario complementario en prisiones.
La Administración rechazó reconocerle ese periodo a efectos de antigüedad, trienios, jubilación y derechos pasivos argumentando que su relación laboral fue únicamente con una empresa privada, sin vínculo jurídico directo con la Administración.
El criterio del Tribunal
El TSJ, sin embargo, aplica la Ley 70/1978 y determina que lo relevante no es la naturaleza formal del contrato, sino el lugar donde se prestan los servicios y las funciones desempeñadas. En este caso, el trabajo se desarrolló dentro de un centro penitenciario estatal y bajo la supervisión de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Por ello, esos años deben considerarse “servicios efectivos al Estado”.
La sentencia establece que los servicios deben computar a efectos de antigüedad, trienios, derechos pasivos, jubilación y demás efectos administrativos y económicos. Además, reconoce el derecho a percibir los trienios no abonados, si bien limita su alcance económico a los cuatro años anteriores a la reclamación administrativa.
Denuncia sindical desde 2000
SATSE recuerda que desde el año 2000, y durante el periodo en que dicha empresa se encargó de gestionar la sustitución del personal sanitario de la Sanidad Penitenciaria, ha denunciando las quejas de enfermeras y enfermeros contratados por esta empresa ante la Subdirección General de Personal de Instituciones Penitenciarias y a la propia Dirección General. Entre ellas destacan problemas relacionados con las retribuciones, incumplimientos en los horarios, retrasos en el pago de nóminas o la negativa a entregar copia de los contratos laborales.
El sindicato ha realizado realizó un seguimiento de las contrataciones y condiciones de trabajo del personal que cubría sustituciones en prisiones a través de la citada empresa. En el informe elaborado entonces se recogían las posibles irregularidades cometidas por Clínica Madrid S.A., tras los conflictos surgidos con el colectivo de profesionales sanitarios —enfermeras y enfermeros entre otros— que desempeñaban estas funciones en sustitución del personal funcionario, lograndose finalmente que Instituciones Penitenciarias no continuase gestionando la sustitución de profesionales sanitarios por medio de esta empresa.
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