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Compromiso cumplido del acuerdo Sanidad-SATSE

Ven la luz los Diplomas de Acreditación y Acreditación Avanzada

El Real Decreto, publicado ya en el BOE, supone un nuevo paso para la mejora de las condiciones de los profesionales de Enfermería.

El BOE ha publicado el Real Decreto que regula la creación de los Diplomas de Acreditación y Diplomas de Acreditación Avanzada. La nueva normativa detalla cuáles con los criterios y procedimientos para la puesta en marcha de estos diplomas que permitirán a los profesionales de Enfermería certificar su formación continuada.

SATSE recuerda que la regulación de estos diplomas, además de estar prevista en la LOPS, fue uno de los puntos recogidos en el acuerdo suscrito entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Mesa de la Profesión Enfermera (SATSE y CGE).  Se trata, por tanto, de un nuevo compromiso cumplido por parte de la Administración que, además, ha tenido en cuenta las propuestas realizadas desde el Sindicato.

Entre otras,  el texto recoge la demanda de SATSE de que  los Diplomas de Acreditación y los Diplomas de Acreditación Avanzada no debían sustituir o entorpecer el desarrollo de las Especialidades de Enfermería. En este sentido, en el texto se hace la distinción entre las funciones adquiridas con los diplomas y las especialidades de enfermería.

Asimismo, el RD recalca la necesidad de que la obtención de un Diploma de Acreditación Avanzada suponga la adquisición de competencias más avanzadas en un área funcional específica que en los Diplomas de Acreditación, no tratándose únicamente de más tiempo de formación.

También se ha recogido la petición  de SATSE de que se eliminara la limitación que establecía como requisito la tenencia previa de un Diploma de Acreditación para el acceso a un Diploma de Acreditación Avanzada. En este sentido, desde SATSE se puso de manifiesto que la realidad de la práctica sanitaria demandaría en algunos casos la tenencia a priori de un Diploma de Acreditación pero en otros no.

Otra demanda de SATSE tenida en cuenta es que,  dentro de los aspectos que deben contener los diplomas, se incluyan las competencias a adquirir tras la consecución de los citados diplomas, con la finalidad de dotar de una mayor seguridad a la praxis cotidiana en un ámbito de carácter multidisciplinar.

Detalles

Los diplomas, a pesar de que dependerán del Ministerio de Sanidad, serán tramitados en cada comunidad autónoma, por lo que serán estas las administraciones encargadas de las solicitudes, obtenciones, renovaciones y expediciones. El Real Decreto establece, además, que los diplomas tendrán carácter oficial y serán incorporados al Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, con el objetivo de incrementar las garantías de seguridad en la asistencia prestada a los pacientes.

La normativa indica que hay dos tipos de diplomas: acreditación y acreditación avanzada. En el caso de los primeros, los requisitos para su obtención son tener un mínimo de dos años de práctica profesional en las tareas objeto de certificación (en los últimos 10 años), con evaluación positiva de la institución sanitaria o sociedad científica correspondiente; formación acreditada en los últimos cinco años en las competencias definidas; y otras evidencias que determine cada comunidad autónoma.

Para los diplomas de acreditación avanzada, el Ministerio de Sanidad establece como requisitos indispensables que se tenga un mínimo de tres años de práctica profesional con Diploma de Acreditación en los últimos cinco años y con evaluación positiva del centro, o experiencia en el conjunto de tareas objeto de acreditación avanzada en caso de no existir diploma de acreditación; acciones formativas acreditadas en los últimos cinco años; y otras evidencias según determine cada autonomía.

Enfermera Especialista