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Carta abierta al Defensor de la Enfermera. María José García, secretaria general técnica de SATSE
02.11.15 | Estatal
Estimado Defensor,
He de reconocer que por un momento ha logrado centrar mi atención, y es que la lectura de un texto que se anuncia tan breve como pedagógico es un buen reclamo. Si además de ello el autor se anuncia como abogado y enfermero, o viceversa, está más que asegurado mi interés por conocer su opinión, y encontrar en ella un auténtico aliado y defensor de la enfermería.
Con este ánimo me he leído su breve texto de 8 folios, que comienza con la ardua tarea de explicarnos que no hay norma en nuestro orden jurídico que reconozca o prevea la “prescripción enfermera”, y termina reafirmando el papel del profesional prescriptor que hasta donde yo sé nadie ha cuestionado.
Entre medias invoca normas y reglamentos, nos anima a leerlos y releerlos, alude a calvarios, engaños y bochornos, y al final, reconozco que termino la lectura con la pésima sensación de que los enfermeros no tenemos nada que hacer en lo referido a la indicación, uso y dispensación de medicamentos, que todo es un engaño, una tomadura de pelo por todos, incluyendo quienes tenemos la obligación de defender y representar los intereses del colectivo ante autoridades e instituciones.
Permítame un consejo, si se autoerige en defensor de una profesión, lo primero que debe hacer es insuflar optimismo para ganar las batallas y conseguir retos.
La acreditación de los enfermeros, a la que usted tilda de bochorno, es el documento oficial que permitirá a los enfermeros indicar, usar e indicar determinados medicamentos sujetos a prescripción, tal y como la Ley señala. Y efectivamente, como la ley y reglamentos prevén, la prescripción de medicamentos sujetos a receta médica, no es, ni será una competencia de la enfermería. Pero en justa correspondencia con la Ley de Ordenación de las profesiones sanitarias, la Ley del Medicamento se reformó, y no en el sentido de admitir que los enfermeros seamos prescriptores, sino en sentido de autorizar legalmente al titular de la competencia, que la delegue para determinados medicamentos a enfermeros acreditados y todo ello en el marco de protocolos y guías.
No hay más verdad que ésta, que la “prescripción enfermera”, o en términos jurídicos, el ejercicio del enfermero por delegación del médico prescriptor de una determinada función, es una realidad en la ley, y también lo es que el Gobierno ha cercenado esta realidad con la aprobación de una disposición que contradice el más elemental principio de jerarquía normativa.
Termino mi reflexión en el mismo punto donde usted la empezó, gracias al aluvión de más que justificadas reacciones de los profesionales, el reto de algunos es cambiar la realidad, porque a pesar de mensajes tan clarificadores como derrotistas de quienes se proclaman defensores de una profesión, lo cierto es que hay una ley que servirá de impulso para que el día a día de la enfermería esté siempre y en todo caso revestido de la seguridad jurídica que merece.
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